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El Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma el artículo 56 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer como abuso de funciones, cualquier situación descrita en el artículo 4º fracción XIII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, en relación a la violencia política contra las mujeres en razón de género.

La propuesta fue presentada por la diputada Aranzazú Puente Bustindui, quien dijo que, la violencia contra la mujer también se presenta en los ámbitos institucional, por ello en la propuesta se agregan los actos u omisiones que pueden derivar en violencia institucional, económica y psicológica, con el objetivo de que las mujeres víctimas de estos tipos de violencia puedan identificar sus manifestaciones y fortalecer su capacidad de denuncia.

“La propuesta tiene el objetivo de erradicar y sancionar todo tipo de violencia de género, así como establecer principios y obligaciones que rigen la actuación de los servidores públicos.”

La legisladora comentó que, las prácticas de la violencia política ahora más visibilizadas, tienen que ver con renuncias manipuladas o forzadas de mujeres una vez electas; presión, bloqueo y obstaculización en el desempeño normal de sus tareas; prohibiciones al ejercicio de la libertad de expresión; difamación, calumnias, acoso, agresiones físicas, dominación económica en el plano doméstico y político, así como la persecución a sus parientes, seguidores y seguidoras.

Finalmente la diputada Aranzazú Puente Bustindui dijo que, la violencia política tiene características distintivas ya que es dirigida hacia las mujeres por su género; puede basarse en sesgo de género, demostrado con amenazas sexistas y violencia sexual; además su impacto es desalentarlas particularmente a ser o estar políticamente activas.

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