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Ante el nuevo estatus del Semáforo Epidemiológico en color rojo, con máximo riesgo de contagio, el diputado de Movimiento Ciudadano, Eugenio Govea Arcos presentó una iniciativa al Congreso del Estado de San Luis Potosí, que insta expedir la Ley que Regula el Uso Obligatorio de Cubrebocas y demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad Covid-19.

En la exposición de motivos, destacó que el Covid-19 no es solamente una crisis de salud pública, sino que es una crisis que afecta a todos los sectores, “por lo que debemos participar en el esfuerzo por aminorar sus efectos y como se ha podido observar, el exhorto a la población al uso de cubrebocas ha sido insuficiente”.

El legislador potosino señaló que otros estados de la República Mexicana, como Zacatecas, Chihuahua y Colima, tienen vigente una Ley que establece sanciones para las personas que no acatan dichas medidas, en especial, en el uso de cubrebocas.

La iniciativa establece que el uso obligatorio de cubrebocas sea para personas mayores de 18 años y de 2 a 17 años que sea bajo la supervisión de un adulto, durante el tiempo en que la crisis sanitaria se encuentre activa y que las autoridades no hayan anunciado su conclusión oficialmente.

A su vez, quedarán excluidos para el uso obligatorio: los menores de 2 años; cualquier persona con problemas para respirar, y personas que requieran de ayuda para colocar y retirar el cubrebocas.

El uso obligatorio será en vías y espacios públicos de uso común, cerrados o al aire libre, al interior de establecimientos comerciales, industriales o servicios. Centros laborales públicos y privados; lugares de culto; medios de transporte de pasajeros, ya sea como usuario u operador. Establecimientos que elaboren o manipulen alimentos, clínicas, hospitales y los demás que determinen las autoridades sanitarias.

Se proponen medidas adicionales como el resguardo domiciliario en cuanto se perciban síntomas de la enfermedad, así como el lavado frecuente de manos con agua, jabón y desinfectante.

Asimismo, las dependencias de gobierno tendrán la tarea de difundir el uso obligatorio de cubrebocas por sus canales oficiales, así como implementar visitas de verificación de las autoridades competentes.

Finalmente, la multa consistiría en el pago de una cantidad de que se impone al infractor y se hará efectiva mediante el procedimiento económico coactivo que corresponda, por ello, se aplicaría multa para personas físicas que va desde los 179 pesos hasta 358 pesos, a quien infrinja las disposiciones de esta ley.

Se aplicaría multa para personas morales que va desde los 3 mil 584 pesos hasta los 7 mil 169 pesos a quien infrinja las disposiciones de esta ley; a los reincidentes se aplicará la multa al doble.

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